{"id":1858,"date":"2020-07-21T09:30:35","date_gmt":"2020-07-21T14:00:35","guid":{"rendered":"http:\/\/avelengua.org.ve\/cms\/?p=1858"},"modified":"2020-07-21T09:35:01","modified_gmt":"2020-07-21T14:05:01","slug":"pronunciamiento-de-las-academias-nacionales-en-rechazo-a-la-mineria-ilegal-y-el-arco-minero-violacion-del-ordenamiento-legal-efectos-socioambientales-y-vulneracion-de-los-ddhh-de-los-pueblos-indigen","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/avelengua.org.ve\/cms\/pronunciamiento-de-las-academias-nacionales-en-rechazo-a-la-mineria-ilegal-y-el-arco-minero-violacion-del-ordenamiento-legal-efectos-socioambientales-y-vulneracion-de-los-ddhh-de-los-pueblos-indigen\/","title":{"rendered":"Pronunciamiento de las Academias Nacionales en rechazo a la miner\u00eda ilegal y el arco minero: violaci\u00f3n del ordenamiento legal, efectos socioambientales y vulneraci\u00f3n de los ddhh de los pueblos ind\u00edgenas"},"content":{"rendered":"<p>Las Academias Nacionales expresan al pa\u00eds su profunda preocupaci\u00f3n por la ileg\u00edtima,<br \/>\ninconstitucional e inconvencional actividad minera desplegada en los estados Amazonas y<br \/>\nBol\u00edvar, y principalmente en el denominado \u201cArco Minero del Orinoco\u201d, zona en la que<br \/>\nact\u00faan de manera ca\u00f3tica e impune grupos irregulares.<br \/>\nEsta actividad minera resulta ilegal, a pesar del Decreto 2.248 que cre\u00f3 el proyecto<br \/>\ndenominado Zona de Desarrollo Estrat\u00e9gico Nacional Arco Minero del Orinoco. Viola los<br \/>\nderechos de los pueblos ind\u00edgenas y dem\u00e1s poblaciones locales, pudiendo incluso su<br \/>\ndesaparici\u00f3n masiva; amenaza con afectar de forma irreversible la biodiversidad de toda<br \/>\nla regi\u00f3n, incluidas unidades de conservaci\u00f3n, entre ellos el Parque Nacional Canaima,<br \/>\ndeclarado por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad; pone en riesgo especies<br \/>\nvivas, algunas en peligro de extinci\u00f3n, y procesos ecol\u00f3gicos, en menoscabo del derecho<br \/>\nconstitucional a un medio ambiente sano, seguro y ecol\u00f3gicamente equilibrado de todos<br \/>\nlos venezolanos.<br \/>\nLas actividades extractivas de oro, diamantes y dem\u00e1s minerales denominados<br \/>\n\u201cestrat\u00e9gicos\u201d, tanto en fase de exploraci\u00f3n como de explotaci\u00f3n, en los afluentes del<br \/>\nOrinoco y del Caron\u00ed, causar\u00e1n da\u00f1os ambientales irreparables a la salud de seres<br \/>\nhumanos, ecosistemas y \u00e1reas protegidas, comprometiendo el ciclo hidrol\u00f3gico de las<br \/>\ncuencas amparadas por convenios internacionales, como la cuenca del Caron\u00ed que<br \/>\nprovee una de las reservas de agua dulce m\u00e1s importantes del pa\u00eds y generadora del 60%<br \/>\nde energ\u00eda que abastece a centrales hidroel\u00e9ctricas.<br \/>\nDe all\u00ed que sea un deber \u00e9tico y jur\u00eddico con el pa\u00eds y las futuras generaciones rechazar<br \/>\nestas actividades que afectan no solo el ambiente, su flora y fauna, sino la salud humana,<br \/>\ntanto de mineros como de la poblaci\u00f3n en general, as\u00ed como los derechos humanos de los<br \/>\npueblos ind\u00edgenas, que no solo no fueron consultados seg\u00fan el respectivo mandato legal.<br \/>\nEn contraposici\u00f3n, las poblaciones originarias y locales est\u00e1n siendo afectadas por<br \/>\ncompuestos t\u00f3xicos como el mercurio y el cianuro, y por el incremento de \u00e1reas<br \/>\npotenciales de transmisi\u00f3n de enfermedades emergentes (COVID-19) y reemergentes<br \/>\n(malaria, sarampi\u00f3n y tuberculosis) de forma incontrolada, adem\u00e1s del hostigamiento,<br \/>\npersecuciones, desapariciones, torturas, abuso sexual, migraci\u00f3n forzada, maltratos,<br \/>\nmasacres y el severo da\u00f1o ambiental, ecol\u00f3gico y cultural.<br \/>\nA cuatro a\u00f1os de promulgaci\u00f3n del mencionado decreto 2.248, son extremadamente<br \/>\npreocupantes las denuncias realizadas por el sector acad\u00e9mico (Universidades<br \/>\nNacionales), las comunidades organizadas, Organizaciones no gubernamentales,<br \/>\norganismos internacionales, diputados de la Asamblea Nacional y la Iglesia cat\u00f3lica, entre<br \/>\nmuchos otros, todos preocupados por la violaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n Nacional, los<br \/>\nderechos humanos y el deterioro ambiental. Cada vez son m\u00e1s visibles los efectos<br \/>\ndevastadores que tienen lugar en las poblaciones y comunidades ind\u00edgenas y zonas<br \/>\nnaturales protegidas bajo diversas figuras legales.<br \/>\nEn este contexto, genera gran preocupaci\u00f3n la reciente Resoluci\u00f3n N\u00ba 0010 del Ministerio<br \/>\ndel Poder Popular del Desarrollo Minero Ecol\u00f3gico, publicada el 8 de abril de 2020 en la<br \/>\nGaceta Oficial No. 6.526 Extraordinario, que determina las \u00e1reas en las cuales se podr\u00e1<br \/>\nejecutar la extracci\u00f3n fluvial de oro y diamante y su procesamiento en el marco del<br \/>\nllamado Arco Minero del Orinoco. Esta resoluci\u00f3n afecta aproximadamente 700 km de r\u00edos<br \/>\nal sur de Venezuela y un \u00e1rea directa de 254 Km2 de las riberas de los r\u00edos Cuchivero,<br \/>\nCaura, Aro, Caron\u00ed, afluentes del r\u00edo Orinoco, y de los r\u00edos Cuyun\u00ed y Yuru\u00e1n, cuyas aguas<br \/>\nfluyen al r\u00edo Esequibo.<br \/>\nEstas violaciones graves e irreversibles de derechos humanos fundamentales y a la<br \/>\ndignidad de los venezolanos fueron denunciadas ante el Consejo de Derechos Humanos<br \/>\npor la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de la<br \/>\nNaciones Unidas (ACNUDH) en su Informe del 15 de julio de 2020, en el cual indica que<br \/>\n&#8220;La miner\u00eda afecta el derecho a la autonom\u00eda y autodeterminaci\u00f3n de algunos<br \/>\npueblos ind\u00edgenas\u2026es un factor perturbador de sus formas de vida tradicionales y<br \/>\nafecta su capacidad para mantener una relaci\u00f3n espiritual con sus territorios\u201d. Por<br \/>\ntodo ello, &#8220;Al ACNUDH le inquieta profundamente la falta de consentimiento libre,<br \/>\nprevio e informado con respecto al establecimiento del AMO en sus territorios<br \/>\ntradicionales\u201d.<br \/>\nEs evidente que los planes adoptados por el gobierno (Entrega de estudio y explotaci\u00f3n<br \/>\nestrat\u00e9gica minera a compa\u00f1\u00edas extranjeras (Citic), el Plan de ahorro en Oro, y el Plan<br \/>\nMinero Tricolor, el cual implica la entrega de un yacimiento o mina a cada gobierno<br \/>\nregional), as\u00ed como la militarizaci\u00f3n de territorios ind\u00edgenas en donde existan oro y<br \/>\ndiamantes, demuestran la intenci\u00f3n de extender e intensificar sea con militares o<br \/>\nparamilitares la explotaci\u00f3n minera del pa\u00eds, obviando adem\u00e1s los derechos de los<br \/>\nind\u00edgenas sobre sus territorios (Observatorio de Conflictos Mineros de Am\u00e9rica Latina,<br \/>\n2019).<br \/>\nNada de lo establecido ha sido eficiente para detener el avance de la miner\u00eda ilegal y las<br \/>\nconsecuencias que en el orden econ\u00f3mico, pol\u00edtico, social y cultural han devenido con<br \/>\nesta pr\u00e1ctica, convirtiendo al Estado en c\u00f3mplice de las pr\u00e1cticas de un modelo<br \/>\necon\u00f3mico extractivista, violatorio de las leyes ambientales y contrario a la supuesta<br \/>\nprotecci\u00f3n ecol\u00f3gica y desarrollo sustentables contemplados en la Constituci\u00f3n.<br \/>\nLas Academias Nacionales exhortan categ\u00f3rica y urgentemente a las autoridades a<br \/>\ncumplir las Recomendaciones del Informe presentado al Consejo de los Derechos<br \/>\nHumanos por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos<br \/>\nde la Naciones Unidas, de fecha 15 de julio de 2020, en particular la situaci\u00f3n de los<br \/>\nderechos humanos en la regi\u00f3n del Arco Minero del Orinoco que se enumeran a<br \/>\ncontinuaci\u00f3n:<br \/>\n\u2022 Asegurar que toda la actividad minera se lleve a cabo conforme a las normas y<br \/>\nest\u00e1ndares de derechos humanos, los estudios de impacto socio-cultural y<br \/>\nambiental y que se cumplan las normas ambientales nacionales e internacionales;<br \/>\n\u2022 Emprender y publicar los estudios fundamentales en relaci\u00f3n con el Arco Minero<br \/>\ndel Orinoco, como, por ejemplo, estudios de impacto ambiental y social, an\u00e1lisis de<br \/>\nlas tasas de actos de violencia y homicidios y compilaci\u00f3n de datos<br \/>\nsocioecon\u00f3micos de la poblaci\u00f3n que vive dentro del Arco Minero del Orinoco y las<br \/>\nzonas aleda\u00f1as, con inclusi\u00f3n de indicadores relativos a los derechos econ\u00f3micos,<br \/>\nsociales y culturales;<br \/>\n\u2022 Iniciar investigaciones efectivas y transparentes y operaciones de aplicaci\u00f3n de la<br \/>\nley con el fin de desmantelar a las bandas criminales y elementos armados que<br \/>\ncontrolan las actividades mineras, combatir la corrupci\u00f3n y enjuicie y sancione a<br \/>\nlos responsables de cr\u00edmenes y violaciones de derechos humanos en el Arco<br \/>\nMinero del Orinoco y las zonas aleda\u00f1as;<br \/>\n\u2022 Adoptar medidas urgentes para poner fin a la explotaci\u00f3n laboral y sexual, el<br \/>\ntrabajo infantil y la trata de personas dentro del Arco Minero del Orinoco, y asegure<br \/>\nla regularizaci\u00f3n de las actividades mineras en condiciones de respeto del derecho<br \/>\na condiciones de trabajo justas y favorables;<br \/>\n\u2022 Asegurar que se realicen consultas adecuadas y representativas con todos los<br \/>\npueblos ind\u00edgenas antes de la adopci\u00f3n o implementaci\u00f3n de cualquier decisi\u00f3n,<br \/>\nactividad o medida que pueda afectarles, con inclusi\u00f3n de las eventuales<br \/>\nrepercusiones que estas tengan en sus tierras, territorios y recursos tradicionales;<br \/>\n\u2022 Garantizar que los pueblos ind\u00edgenas puedan disfrutar de su derecho colectivo a<br \/>\nvivir en libertad, paz y seguridad, y que puedan poseer, usar, desarrollar y<br \/>\ncontrolar sus tierras, territorios y recursos, incluso mediante la demarcaci\u00f3n de las<br \/>\ntierras tradicionales;<br \/>\n\u2022 Revocar la Resoluci\u00f3n N\u00ba 0010 relativa a la miner\u00eda en r\u00edos;<br \/>\n\u2022 Proporcionar reparaciones a los pueblos ind\u00edgenas y poblaciones locales<br \/>\nafectadas por las actividades mineras, actuando en consulta con estos pueblos.<br \/>\nLas Academias Nacionales en virtud de la gravedad de los hechos que se denuncian a<br \/>\ntrav\u00e9s del presente Pronunciamiento, han decidido remitir copia del mismo a la Comisi\u00f3n<br \/>\nInteramericana de Derechos Humanos y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos<br \/>\npara que tomen las medidas cautelares a que haya lugar; as\u00ed como al Secretario General,<br \/>\na la Asamblea General y al Consejo Permanente de la Organizaci\u00f3n de Estados<br \/>\nAmericanos, al Consejo de Derechos Humanos, a la Alta Comisionada de las Naciones<br \/>\nUnidas para los Derechos Humanos de la Naciones Unidas y a la Organizaci\u00f3n de las<br \/>\nNaciones Unidas para la Educaci\u00f3n, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), a todas las<br \/>\nEmbajadas acreditadas en el pa\u00eds para que, por su conducto, sean informados de su<br \/>\ncontenido los respectivos gobiernos as\u00ed como a la Conferencia Episcopal Venezolana.<br \/>\nCaracas, 20 de Julio de 2020<br \/>\nDr. Horacio Biord Castillo<br \/>\nPresidente de la Academia Venezolana de la Lengua<br \/>\nDra. Carole Leal Curiel<br \/>\nDirectora de la Academia Nacional de la Historia<br \/>\nDr. Leopoldo Brice\u00f1o-Iragorry Calca\u00f1o<br \/>\nPresidente de la Academia Nacional de Medicina<br \/>\nDr. Humberto Romero Muci<br \/>\nPresidente de la Academia de Ciencias Pol\u00edticas y Sociales<br \/>\nDra. Mireya R. Goldwasser<br \/>\nPresidenta de la Academia de Ciencias F\u00edsicas, Matem\u00e1ticas y Naturales<br \/>\nDr. Luis Mata Molleja<br \/>\nPresidente de la Academia Nacional de Ciencias Econ\u00f3micas<br \/>\nIng. Eduardo Buroz<br \/>\nPresidente de la Academia Nacional de la Ingenier\u00eda y el H\u00e1bitat<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/avelengua.org.ve\/cms\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/PPRONUNCIAMIENTO-INTERACADE\u0301MICO-SOBRE-MINERIA-ILEGAL-y-ARCO-MINERO.pdf\">PPRONUNCIAMIENTO INTERACADE\u0301MICO SOBRE MINERIA ILEGAL y ARCO MINERO<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las Academias Nacionales expresan al pa\u00eds su profunda preocupaci\u00f3n por la ileg\u00edtima, inconstitucional e inconvencional actividad minera desplegada en los estados Amazonas y Bol\u00edvar, y principalmente en el denominado \u201cArco Minero del Orinoco\u201d, zona en la que act\u00faan de manera ca\u00f3tica e impune grupos irregulares. 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